El uso de la marca como carga jurídica: (1) Los mitos

Columna publicada en el Mercurio Legal
Marcos Morales

"... Puesto que en nuestro país el uso de la marca registrada nunca ha sido una exigencia para la conservación del derecho, esta nueva regulación es sin duda un vuelco en muchos aspectos. Sin embargo, lo novedoso comienza y termina allí..."

Miércoles, 20 de noviembre de 2013 a las 12:02

Existe en parte del ambiente jurídico y empresarial un grado de preocupación por la eventual exigencia del uso de la marca registrada, contemplada como carga jurídica en el proyecto de ley de propiedad industrial que se discute actualmente en el Congreso Nacional (boletín 8907-03).

El referido proyecto de ley, originado en mensaje del Ejecutivo de abril de este año, tiene por objeto sustituir íntegramente la ley 19.039 de propiedad industrial, principal regulación sobre la materia, y a la vez la ley 20.254 que creó el Instituto Nacional de Propiedad Industrial - INAPI. Actualmente con suma urgencia, el referido proyecto se encuentra en primer trámite constitucional ante el Senado, habiendo sido ya aprobado en general en octubre pasado y actualmente con discusión en particular en la respectiva Comisión de Economía.

Además de otras regulaciones de especial interés ya tratadas en este medio, dicho proyecto de ley introduce ex novo en nuestra normativa la caducidad (extinción) del derecho de marca, sanción jurídica que opera cuando